El largo poseedor futuro está corto 3 opciones para el corto poseedor futuro. (1) opción de calidad, (2) opción de cambio, (3) opciones de tiempo--de las cuales la "opción comodín" es una.
Durante el mes de entrega (igual al mes de vencimiento), cualquier persona que esté corta en el futuro puede entregar bonos físicos a un poseedor futuro largo. Es por esto que cualquier persona que esté larga y no quiera recibir la entrega pasará su posición al próximo contrato antes de la fecha de primer aviso (1 día hábil antes del mes de entrega), que es la primera fecha en la que el largo puede ser notificado de que debe recibir la entrega.
Los futuros continuarán negociándose durante el mes de entrega hasta la última semana del mes de entrega. Este es el período en el que la "opción de calidad" entra en juego. En cualquier momento durante este período, el más barato para entregar puede cambiar debido a movimientos en las tasas de interés. Una "opción de cambio" es técnicamente una opción donde el más barato para entregar puede cambiar después de que los futuros hayan dejado de negociarse. Por lo tanto (como se mostrará a continuación), técnicamente hay una "opción de cambio" de un día entre el día de oferta y el día de aviso. La mayor "opción de cambio" es en realidad el período de 1 semana entre el fin de la negociación de futuros y el final del mes en el que el corto aún puede notificar a la bolsa que tiene la intención de entregar.
Hay 3 días importantes en el proceso de entrega (1) día de oferta, (2) día de aviso, (3) día de entrega. El día de oferta es el día en el que el corto debe declarar que tiene la intención de entregar--hay un lapso de varias horas entre el cierre de la negociación de futuros y cuando el corto debe notificar a la bolsa que tiene la intención de entregar. Aquí es donde entra en juego la "opción comodín". El mercado de bonos continúa negociando después de que cierra el mercado de futuros y, como tal, el corto puede esperar para ver si es beneficioso notificar a la bolsa que tiene la intención de entregar. La volatilidad intradía es lo que le da valor a la "opción comodín" y más precisamente, la volatilidad entre el cierre del mercado de futuros y la hora en la que el corto debe notificar a la bolsa. Al siguiente día, el corto debe declarar qué bono tiene la intención de entregar. Durante el lapso de un día, el más barato para entregar (CTD) puede cambiar, por lo que el corto tiene una "opción de cambio" de un día.
Es la interacción entre la "opción comodín" en el día de oferta y la "opción de cambio" entre el día de oferta y el día de aviso a lo que te estás refiriendo. Dado que el corto debe declarar si tiene la intención o no de entregar el día antes de informar el bono preciso que entregará, el valor de la "opción comodín" depende de la "opción de cambio" de un día. En otras palabras, el corto analizaría si existe la posibilidad de que el CTD cambie al día siguiente. Si es altamente improbable que el CTD cambie al día siguiente, entonces la "opción comodín" dependerá únicamente de la volatilidad intradía de ese bono en particular. El corto observará el precio de este bono en particular y comenzará a adquirir si disminuye por debajo del precio de la factura para notificar en el día de oferta y para este bono específico en el día de aviso. Si hay dos bonos que es probable que sean el CTD, el corto probablemente vigilaría ambos bonos para ver si disminuyen por debajo de su respectivo precio de factura antes de notificar en el día de oferta. Y si alguno disminuye por debajo de su precio de factura, adquirirlos y luego notificar a la bolsa de este bono en particular en el día de aviso. El bono CTD real no necesita ser el que se entrega. La volatilidad intradía de ambos bonos entraría en juego cuando decidan notificar que tienen la intención de entregar en el día de oferta.
En cuanto al WNM4, no estoy seguro de lo que quieres decir con el valor de la Opción Comodín, pero asumo que esto se refiere al valor de la opción comodín si ese bono en particular se convierte en el CTD (ya que son valores diferentes en comparación con un valor de "opción comodín" para el contrato de futuros). Imagino que el corto tendría que tener en cuenta la volatilidad intradía de cualquier bono que pueda convertirse en el CTD en un día determinado. Si, como dices, tienen la misma probabilidad de ser el CTD, entonces el valor de la "opción comodín" del futuro parecería ser el promedio del valor de la opción comodín de ambos bonos. En cualquier día de oferta potencial, la "opción comodín" sería más valiosa para el bono entregable que tenga la mayor volatilidad intradía. Idealmente, este también sería el bono CTD para el corto poseedor futuro.