Supongamos que el individuo A quiere realizar una inversión en un vehículo de inversión no líquido, pero le gustaría limitar sus pérdidas si el proyecto resulta mal.
Supongamos que otro individuo B le gustaría participar en el potencial de ganancias de la inversión, pero no quiere comprometer fondos en una inversión no líquida por mucho tiempo.
¿Es posible establecer un contrato legalmente vinculante entre los individuos para que A ofrezca un porcentaje de las ganancias a B a cambio de que B compense a A en caso de pérdida?
Por favor, redirija si esta pregunta debería ser publicada en law.stackexchange en su lugar. No estoy seguro de cuál es el lugar más apropiado, así que postee aquí arbitrariamente.
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Acabas de inventar opciones...
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@littleadv Por favor, eduquéme si estoy equivocado, pero mi entendimiento actual es que las opciones siempre necesitan ser mediadas por un tercero, como un corredor de bolsa, y no son verdaderamente entre individuos. Mi pregunta se enfoca en si los individuos privados pueden firmar tales contratos, sin ninguna entidad tipo "empresa" en el medio.
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Otra diferencia es que en este escenario, no hay intercambio de dinero entre A y B hasta que la inversión se liquide de una u otra manera, mientras que entiendo que las personas pagan por opciones por adelantado.
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Los corredores simplemente... corredor. El contrato es entre el vendedor y el comprador. Puedes vender opciones de forma privada si puedes encontrar vendedores por ti mismo. Realmente depende de ellos si la contraparte cobra una prima por adelantado.