Supongamos que una persona residente en Estados Unidos ha residido y trabajado en el país desde el 1 de enero hasta el 15 de mayo. El 15 de mayo por la mañana viaja a Canadá y, por la tarde, comienza una nueva etapa de su vida.
En Canadá, por ejemplo, consiguen inmediatamente un empleo en una nueva empresa canadiense y dejan de tener ingresos o gastos asociados a Estados Unidos. Además, supongamos que esta persona no es ciudadana estadounidense. En consecuencia, no está sujeta a la fiscalidad estadounidense, independientemente de su situación geográfica de residencia fiscal.
¿Cómo se delimitarían entonces los periodos impositivos? Específicamente de interés es la superposición del día 15 de mayo.
Opción 1:
1 de enero - 15 de mayo (residente fiscal en EE.UU.) + doble imposición el 15 de mayo
15 de mayo - 31 de diciembre (residente fiscal canadiense) + doble imposición el 15 de mayo
Opción 2:
Del 1 de enero al 15 de mayo (residentes fiscales en EE.UU.)
Del 16 de mayo al 31 de diciembre (residentes fiscales canadienses)
Opción 3:
Del 1 de enero al 14 de mayo (residentes fiscales en EE.UU.)
15 de mayo - 31 de diciembre (residente fiscal canadiense)