Mi sociedad limitada está registrada en Inglaterra (aunque no está registrada a efectos del IVA). Tengo que hacer un pago a un consultor extranjero de la UE que no está registrado a efectos del IVA.
¿Tengo que pagar algo al HMRC y se considerará el pago al consultor un gasto empresarial y, por tanto, reducirá el importe del impuesto de sociedades a pagar al final del ejercicio fiscal?
¿Tengo que recoger algún documento o facilitar información a alguien en este momento (aparte de conservar los registros: factura, transacciones, etc.)?
Muchas gracias por sus consejos. Muchas gracias.