La respuesta es probablemente bastante universal, pero yo estoy en Estados Unidos. Si tengo un corredor de bolsa que invierte dinero en mi nombre o si invierto mi dinero yo mismo en acciones o fondos de inversión (¿cuál es el término general para este tipo de cosas?) a través de, digamos, Charles Schwab, ¿cómo se pagan mis impuestos? ¿La agencia de valores envía automáticamente al Tío Sam su parte o tengo que enviar yo un cheque a Hacienda?
Respuestas
¿Demasiados anuncios?En EE.UU., los impuestos sobre las plusvalías no se aplican a transacciones individuales, sino a todo el año natural. Normalmente, los impuestos no se retienen de la actividad de corretaje a menos que se haga algo como retirar fondos de una cuenta IRA, en cuyo caso la retirada se grava como un ingreso normal. Una de las razones para no retener a nivel de transacción es que las ganancias de capital pueden ser compensadas por pérdidas, y puesto que el corretaje no crédito se tributa por las pérdidas, normalmente conduciría a una retención excesiva. Además, muchos inversores realizarán miles de operaciones, lo que supondría una carga adicional para los intermediarios a la hora de retener adecuadamente.
Al presentar la declaración de la renta una vez finalizado el año, se compensan todas las plusvalías y minusvalías (en función de si se trata de plusvalías a corto o largo plazo) y se suman a la deuda tributaria total. Dependiendo de cuántos impuestos deba y de cuánto se le haya retenido de otras fuentes (por ejemplo, su salario), tendrá que pagar impuestos adicionales u obtener un reembolso.
Si usted sólo tiene ingresos procedentes del comercio de valores probablemente querrá pagar impuestos estimados trimestralmente. Así evitará las sanciones por impago. También es probable que desee contratar a un contador público para hacer eso por usted :)
Tendrás que declarar los impuestos en tu declaración anual o trimestral (dependiendo de cómo hagas la declaración y de cuándo te la dé la correduría). A continuación, usted será responsable de compensar la diferencia, si la hubiera, en los impuestos adeudados a Hacienda mediante cheque u otras opciones de pago electrónico.