¿Puede una empresa canadiense pagar a su propietario menos del salario mínimo? ¿Existe un importe mínimo a la hora de realizar la nómina?
Respuestas
¿Demasiados anuncios?La respuesta de Stian Yettervick es correcta en cuanto al mínimo que una sociedad debe pagar a su propietario (es decir, nada).
Si una empresa decide pagar un salario, la única restricción es la leyes sobre salario mínimo de la provincia. Por supuesto, un propietario es libre de fijar su propio horario, así que si trabaja lo bastante poco oficial horas podrías fijarlo en un nivel bastante bajo.
No existe un importe mínimo de nómina. En la práctica, los propietarios se compensan a sí mismos mediante cualquier combinación de salario, dividendos y retención de beneficios en la sociedad (para su futura retirada) que deseen. Esto tiene diferentes implicaciones fiscales (fuera del ámbito de esta pregunta), así como obligaciones (y elegibilidad) para el Plan de Pensiones de Canadá.
Cada provincia tiene sus propias normas de empleo. Por ejemplo, Ontario tiene la Ley de Normas de Empleo. Ésta se aplica técnicamente a todos los empleados e incluye la obligación de pagar el salario mínimo por hora trabajada, independientemente de que se pague como asalariado por horas o de otra manera. Hasta donde yo sé, no hay ninguna excepción inherente para los empleados que también son propietarios. Pero nadie va a mirar tu recibo de sueldo, ni le va a importar el número de horas que figura en él, ni cuál es tu salario por hora efectivo, a menos que pongas una denuncia contra tu propia empresa.
En la práctica, su contable conciliará todos los pagos que reciba de su propia empresa durante su ejercicio fiscal. Determinará qué cantidad tiene derecho a recibir libre de impuestos (como reembolso de gastos empresariales legítimos pagados por usted personalmente, por ejemplo) y, a continuación, trabajará con usted para determinar qué parte del resto debe devolver inmediatamente (como préstamo de accionista a corto plazo), qué parte puede ser un préstamo de accionista durante más tiempo, pero debe devolverse antes del final del siguiente ejercicio fiscal (para que no se considere un beneficio imponible para usted), qué parte declarará la empresa como dividendos pagados y el resto se considerará salario (o beneficio imponible equivalente) para usted. Por el camino, la empresa habrá estado remitiendo al gobierno los pagos fraccionados del impuesto de sociedades (RC) y del impuesto sobre nóminas relacionado con las retenciones de impuestos personales y los pagos del CPP de su salario, y puede haber una corrección (incluyendo potencialmente intereses) si está demasiado lejos.
Desde el punto de vista de tu pregunta, no tienes obligación siquiera de "tenerte en nómina" ni de llevar ningún registro del número de horas que has trabajado. El salario que se considera que has cobrado es lo que implica $ cobrados menos los legítimamente clasificados como algo distinto del salario, no como la suma de lo que figura en unas hojas de papel a las que llamas talones de nómina.
No puede pagar nada a su propietario, como propietario. Los propietarios no tienen derecho a nada en absoluto, salvo a una única condición: Al propietario se le "deben" votos proporcionales en la asamblea general anual. Es costumbre que el mayor propietario sea, o elija, al presidente y es costumbre que los mayores propietarios estén representados en el consejo, pero en realidad sólo se necesita una mayoría simple en la asamblea general.
Si el propietario es también un empleado, la cosa cambia.