Veo que dice que el niño tiene que vivir con usted durante más de la mitad del año, así que supongo que la respuesta a esta pregunta es muy probablemente no.
Sin embargo, también veo este enlace en la web de Hacienda que parece indicar que podría ser posible: https://www.irs.gov/faqs/filing-requirements-status-dependents/dependents/dependents-8#:~:text=Sí%2C%20si%20su%20hijo%20fue,adicional%20niño%20crédito fiscal%20(ACTC) .