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Autónomo de la UE, cliente del Reino Unido, post-Brexit, ¿debo cobrar el IVA?

Tengo una empresa individual registrada en Alemania y presto servicios a mis clientes. Actualmente estoy en negociaciones con un cliente del Reino Unido. Ahora que el Reino Unido ha abandonado la Unión Europea y que se han acordado tratos entre las dos entidades, ¿debo cobrar el IVA alemán (19%) por mis servicios y utilizar un identificador fiscal de la UE? ¿O debo, por el contrario, cobrar el IVA del Reino Unido y utilizar un identificador del Reino Unido? ¿O algo más?

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Sí, debe hacerlo, según HMRC (" ¿Debo registrarme a efectos del IVA? ")

9.1 NETP - definición Un sujeto pasivo no establecido (NETP) es toda persona que no reside normalmente en el Reino Unido, no tiene un establecimiento en el Reino Unido y, en el caso de una empresa, no está constituida en el Reino Unido.

9.2 Establecimiento británico: definición Existe un establecimiento en el Reino Unido si

el lugar donde se toman las decisiones esenciales de gestión y se lleva a cabo la administración central de la empresa está en el Reino Unido la empresa tiene una presencia física permanente con los recursos humanos y técnicos necesarios para realizar o recibir suministros imponibles en el Reino Unido Normalmente consideramos que una empresa constituida en el Reino Unido tiene un establecimiento en el Reino Unido siempre que pueda recibir suministros comerciales en su domicilio social.

9.3 Cuándo un NETP debe registrarse a efectos del IVA en el Reino Unido Si realiza alguna entrega imponible (véase el apartado 2.3) en el Reino Unido, debe

  • registrarse para el IVA en el Reino Unido
  • contabilizar el IVA del Reino Unido a HMRC

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