¿Es necesario que la venta sea anterior a la compra para que se considere un intercambio en especie y se evite el impuesto sobre las plusvalías?
Al vender su vivienda (residencia principal) y comprar una nueva, ¿es necesario que la venta de la vivienda existente sea anterior a la compra de la nueva? He encontrado dos páginas al respecto, pero ninguna responde directamente a esta pregunta.