Aquí hay una referencia de Feldstein, Krugman que se cita a menudo cuando se discute la neutralidad del FX de los ajustes fiscales en la frontera: http://www.nber.org/chapters/c7211.pdf
Otra referencia útil que adopta un punto de vista algo escéptico y enumera más referencias es http://voxeu.org/article/exchange-rate-implications-border-tax-adjustment-neutrality . Todos los modelos desarrollados o mencionados en estas referencias son modelos no monetarios, es decir, las variaciones de los tipos de cambio
Todavía no he digerido completamente estas referencias. Sin embargo, mi comprensión del argumento básico es la siguiente:
En términos de valor actual, las exportaciones deben ser siempre iguales a las importaciones. Los cambios en la fiscalidad pueden perturbar este equilibrio, lo que puede llevar a un ajuste del tipo de cambio. Sin embargo, en un mundo con una oferta de trabajo inelástica como la que suponen Feldstein/Krugman, un IVA con ajustes fiscales en la frontera no tiene ningún efecto distorsionador, ya que no modifica la decisión de consumo/ahorro ni el valor actual de las importaciones o las exportaciones, por lo que no tendrá ningún efecto real.
En principio, ya a partir de este resultado se puede concluir que los ajustes fiscales en la frontera que limitan cualquier impacto fiscal sobre los agentes económicos nacionales no pueden cambiar ninguna decisión de consumo o producción mientras la economía sea pequeña, la oferta de trabajo sea inelástica y los ingresos fiscales se redistribuyan de forma global.
Sin embargo, un argumento más riguroso es el siguiente:
Con una oferta de trabajo inelástica, los hogares tienen que decidir sobre su consumo y ahorro. La condición de primer orden resultante de un modelo estándar de optimización intertemporal es (siguiendo a Feldstein, Krugman)
${U_C}_1/(\delta{U_C}_2)=(1+r)p_1/p_2$
Esta condición muestra que la decisión de consumo/ahorro sólo cambia cuando cambian los precios relativos o los tipos de interés.
Consideremos ahora varios tipos de empresas que subyacen a los ajustes fiscales en frontera de Auerbach, donde volvemos a modelar la empresa como en Feldstein, Krugman:
- Empresas exportadoras
$maxV=p_X X^1+(1-\tau)(p_D^1 D^1-w^1l^1-p_D^1k^2)+[p_X X^2+(1-\tau)(p_D^2 D^2-w^2l^2)]/(1+r)$
con sujeción a
$Q^1(l^1)=X^1+D^1$ y $Q^2(l^2;k^2)=X^2+D^2$
Donde D denota las ventas nacionales y X las ventas de exportación. El equilibrio del mercado laboral viene dado por
$\bar L=l^1$ y $\bar L =l^2$
Las condiciones de equilibrio son en el primer período
$p_D^1=p_X/(1-\tau)$ ; $w^1=p_X/(1-\tau)Q_l^1(\bar L)$
De esto se deduce que en el primer período y el aumento de $\tau$ conduce a un aumento proporcional de $p_D^1$ y $w$ . Esto significa esencialmente que el tipo de cambio se ajustará para neutralizar el impacto de $\tau$ .
Se puede demostrar que estas conclusiones también son válidas en el periodo 2, donde existe una condición de equilibrio adicional $1=Q_k^2(\bar L,k^2)$ .
- Empresas exportadoras que importan un bien intermedio
$$maxV=p_X X^1+(1-\tau)(p_D^1 D^1-w^1l^1-p_D^1k^2)-p_m^1m^1+\frac{p_X X^2+(1-\tau)(p_D^2 D^2-w^2l^2)-p_m^2m}{1+r}$$ con sujeción a $Q^1(l^1;m^1)=X^1+D^1$ y $Q^2(l^2;m^2;k^2)=X^2+D^2.$
En comparación con el 1. hay una condición de equilibrio adicional en el periodo 1: $p_m^1/p_X=Q_m^1(l^1;m^1)$ y uno en el periodo 2 $p_m^2/p_X=Q_m^2(l^2;m^2;k^2)$ . Sin embargo, también estas condiciones de equilibrio adicionales no cambian la conclusión general de que los cambios en $\tau$ sólo repercutirá en $p_D$ y $w$ .
Estas conclusiones también son válidas en un contexto más general, por ejemplo, si hay empresas importadoras que producen bienes no comercializables.