Bienvenido al mundo de cuando el codificador se convierte en gestor de productos
Me he encontrado en las mismas situaciones varias veces y en diferentes lados del palo. He aprendido por las malas.
Habiendo estado enterrado en el código y siempre preocupándose por el lado de los negocios de la mano.. Definitivamente puedo empatizar, así que me tomé un tiempo para detallar un poco. Si no estás o nunca has estado en la cultura "corporativa", da http://scrummethodology.com/scrum-product-owner/ una lectura. Verás cómo las cosas progresan de ser desarrollador a gestionar la parte comercial de las cosas.
Descargo de responsabilidad: Esta es mi opinión impulsada por la experiencia, yo construyo cosas, no litigo... ¡aunque estoy seguro de que un abogado de la propiedad intelectual gana mucho más!
Ofrecer una compensación más la propiedad por los servicios prestados (estoy asumiendo aquí que él/ella debe entregar de antemano) puede invitar a algunos riesgos imprevistos, o no deseados:
Necesitará un contrato (o para simplificar, un "acuerdo") que cubra al menos los:
- Coste de las cosas coste neto (total de $ para ponerse en marcha) y el valor de la inicial (¿versión 1? ¿iteración 1?).
- Una vez calculados los costes, podría simplemente crear una relación entre la cuota y el coste. (Por ejemplo: ACME LLC tiene 1000 acciones, cada una de las cuales vale $10 making the company worth a mediocre $ 10.000 euros -- debido a alguna inversión en hardware quizás).
- La propiedad de los materiales prestados/producidos -- No puedo insistir lo suficiente en esto. La ley de derechos de autor está (y con razón) por defecto a favor del creador de contenidos. Usted puede, y debería, declarar que usted o su entidad es propietaria de todas las obras producidas desde la fecha de inicio del empleo/contrato.
Compensación por las obras realizadas y por realizar:
- Puedes pagar en efectivo (en caso de que ya hayas constituido una entidad, deberías poder aportarlo como deuda material para poder amortizarlo) .
- Puede pagar en emisión directa de acciones de su entidad (El resultado de #2 en la sección anterior-^).
- Se puede utilizar una estrategia llamada "vesting equity" en la que se crea un acuerdo en el que él/ella debe cumplir con las expectativas a.b.c. en una fecha xyz y debe seguir siendo un participante activo (empleado, miembro de la junta directiva o el título que desee) hasta una fecha fijada en el futuro en la que se concretará la emisión de acciones.
- Tanto el dinero en efectivo como el patrimonio neto, sólo hay que mezclarlo teniendo en cuenta los puntos anteriores.
- Sólo tienes que pagar en efectivo y asegurarte de que obtienes los derechos de autor exclusivos (puede ser tan simple como que él lo declare en un correo electrónico, recibo, etc.)
Personalmente, ir el "déjame darte un poco de dinero en efectivo ahora para que pueda comprar monstruos y toros rojos y hacemos un acuerdo de equidad de devengo ... trabajar algunos se pagan algunos, y así sucesivamente". La advertencia es que le costará algo de dinero para tener una entidad formada que tiene la capacidad de emisión de acciones (S-Corp, C-corp). Por lo bajo recuerdo haber pagado justo alrededor de $600~ hace unos años. LegalZoom le ahorrará mucho frente a un abogado local si mantiene las cosas simples, echa un vistazo a http://www.legalzoom.com/business/business-types/compare-business-structures.html . Esto, por supuesto, le da algunas ventajas fiscales (pass-through vs. no) en lugar de ser un simple propietario único o LLC.
A fin de cuentas, creo que puedes resolver esto con un simple contrato que identifique a las partes, establezca la precedencia de las expectativas, cubra tu parte de propiedad de derechos de autor y, en general, te cubra el trasero en caso de que tengas que cobrar.