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Posibilidad de reclamar a un adulto extranjero indocumentado como dependiente

Estoy tratando de determinar si es posible reclamar a un extranjero indocumentado como dependiente a efectos fiscales durante 2017 en los Estados Unidos (formulario 1040 línea 6c), así como un crédito por el dinero gastado para su cuidado (formulario 2441).

Detalles de los antecedentes: La persona que presenta la declaración de la renta es un ciudadano estadounidense de nacimiento. La persona dependiente es su abuela, que reside sin documentación en Estados Unidos desde hace aproximadamente 70 años. La persona dependiente no tiene ingresos y no puede cuidar de sí misma. El dependiente vive a tiempo completo con el declarante y es atendido a tiempo completo durante el día por un profesional médico, pagado por el declarante. El dependiente no tiene un ITIN y actualmente está en los pasos finales de la naturalización y tendrá su ciudadanía estadounidense en algún momento a principios de 2018, pero actualmente se considera "ilegal" y no tiene una tarjeta verde / visado / otra documentación de los Estados Unidos y tampoco tiene ninguna relación / pasaporte / otra documentación de su país de origen.

Creo que pueden ser considerados como dependientes según el paso 4 de las instrucciones para la línea 6c, debido a su condición en la pregunta 2 y a la aplicación de la prueba de presencia sustancial para los extranjeros residentes en EE.UU. que se describe en la Pub 519. De ello se deduce que, una vez que reúnen los requisitos para ser reclamados en la línea 6c, el formulario 2441 es naturalmente apropiado. ¿Es ésta una interpretación razonable de las directrices? Me he dado cuenta de que en la descripción de las personas a cargo siempre se utiliza el término "persona" en lugar de "ciudadano" o "extranjero legal", por lo que creo que estoy en línea con los requisitos establecidos. Además, ¿debe (puede) figurar el dependiente sin un SSN (ya que no lo tiene) o debe presentarse el formulario W-7 para solicitar un ITIN?

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FerranB Puntos 647

Sí, un inmigrante indocumentado es (suponiendo que lleve mucho tiempo aquí y no acabe de llegar) un extranjero residente a efectos fiscales y puede ser reclamado como dependiente igual que cualquier otro residente, siempre que el declarante cumpla las condiciones para reclamarlo como dependiente, por ejemplo, que haya aportado más de la mitad de su manutención durante el año.

Se debe proporcionar un SSN o ITIN para todas las personas que aparecen en la declaración de impuestos, incluidos los dependientes. Si la persona nunca tuvo un SSN y no es elegible para obtener un SSN ahora, debe solicitar un ITIN (con el formulario W-7) junto con la declaración de impuestos. Tenga en cuenta que el proceso para solicitar un ITIN es un dolor, porque la persona debe enviar por correo su pasaporte original con la solicitud, o hacer cola en ciertos centros de servicio del IRS que aceptan certificar el pasaporte en persona. Una alternativa si la persona pronto obtendrá un estatus que le permita trabajar, es no reclamar a la persona como dependiente ahora, y si la persona más tarde obtiene el estatus y se vuelve elegible para un SSN, obtener un SSN entonces y luego modificar los impuestos de este año para agregarlo como dependiente usando el SSN.

Su descripción es algo confusa, ya que ha dicho que la abuela está en proceso de naturalización, pero sin embargo es ilegal. Esto es generalmente imposible, ya que prácticamente todas las vías de naturalización que conozco exigen que la persona sea primero residente legal permanente o nacional de EE.UU. Tenga en cuenta que el hecho de no tener una tarjeta ahora no significa que no sea residente permanente: la tarjeta podría haberse perdido o haber caducado, pero sigue teniendo el estatus de residente permanente si lo tenía. Si es residente permanente, es elegible para un SSN y debe obtener un SSN para declarar impuestos si nunca tuvo uno; no puede solicitar un ITIN si es elegible para un SSN. Los únicos casos que se me ocurren en los que una persona puede naturalizarse sin ser residente permanente o nacional de EE.UU. es si ha prestado honorablemente el servicio militar activo en tiempos de guerra y se ha alistado mientras estaba en EE.UU.; o bien si consigue que el Congreso apruebe un proyecto de ley privado que le conceda la ciudadanía.

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